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Alcance de la inobservancia de los principios de buena fé y planeación como causal de nulidad de los contratos Estatales.
Fecha de Publicación
2016-07-01
Autor(es)
Deaza Mora, Liliana
Bernal Cristancho, Giovanni Enrique
Director(es), Tutor(es), Asesor(es) y/o Editor(es)
Descripción
La contratación estatal, regulada en virtud de la Ley 80 de 1993, tiene como fundamento el cumplimiento de los fines del Estado, cual es brindar a la sociedad las mejores condiciones de vida a través de prestación de servicios eficientes, para lo cual contrata con el sector público la realización de su política pública de servicios, en tanto por cuanto construye obras, adquieres bienes y servicios, etc, a través de los cuales logra cumplir aquellos fines que le son propios. No obstante, para el cumplimiento de tales fines, tanto la entidad estatal contratante como los contratistas deben proceder atendiendo esencialmente los principios de planeación y buena fe, esencia del desarrollo jurídico del presente trabajo de monografía de grado. Desde entonces, cuando la parte contratante o la contratada proceden y convienen un contrato estatal sin la observancia de aquellos principios; es decir, los de planeación y de buena fe, es evidente que el contrato debe ser declarado nulo por la autoridad judicial respectiva, puesto que así lo ha determinado el Consejo de Estado en diversas oportunidades, acogiendo el alcance de la Ley 80 de 1993. Se demuestra entonces que tanto el principio de planeación como el de buena fe, son de la esencia del documento contractual de tipo estatal.
Eje Investigativo y Lineas de Investigación
Tipo de Investigación
File(s)
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Name
TDE-0080_Trabajo-de-grado.pdf
Type
Trabajo de grado
Size
881.2 KB
Format
Adobe PDF
Checksum
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