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La aplicación de la extensión jurisprudencial como mecanismo de reconocimiento prestacional durante los años 2003 al 2007 a los docentes vinculados al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio.
Fecha de Publicación
2015-05-01
Autor(es)
Silva Gómez, Freddy Hernán
Peña Hernández, Víctor Ricardo
Director(es), Tutor(es), Asesor(es) y/o Editor(es)
Descripción
El marco legal colombiano en materia pensional ha buscado ser explícito e inclusivo, considerando diferentes sistemas según la naturaleza de cada profesión y los requisitos que permiten el reconocimiento justo y equitativo de los derechos. De igual manera, el legislador, actuando de buena fe, busca promulgar regulaciones que no solo faciliten el acceso de los trabajadores a los beneficios por su trabajo, sino que también proporcionen una herramienta legal para que los jueces resuelvan definitivamente las disputas laborales y de seguridad social. Sin embargo, las regulaciones relativas a la profesión docente han generado diferentes interpretaciones, lo que ha llevado a la congestión judicial debido al aumento de demandas contenciosas y acciones constitucionales que buscan reparación por violaciones de derechos fundamentales resultantes de la aplicación indebida de la ley. El reconocimiento de los beneficios para los docentes vinculados al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales para los Docentes se basa en regulaciones especiales que rigen la liquidación de las contribuciones realizadas para fines pensionales, en este caso, de acuerdo con la naturaleza de la profesión docente que limita la aplicación de las reglas generales creadas para cualquier trabajador colombiano. De acuerdo con lo anterior, los factores salariales utilizados para calcular la pensión vitalicia de jubilación de un docente afiliado a la Caja Nacional de Seguridad Social Docente, al promulgarse la Ley 812 de 2003, fueron los efectivamente certificados durante su servicio. Sin embargo, con la expedición del Decreto 3752 de 2003, que reglamentó dicha Ley, la inclusión de factores para el reconocimiento y ajuste pensional se limitó únicamente al cálculo del salario básico. Posteriormente, la Ley 1151 de 2007 reinstauró lo dispuesto en la Ley 812 de 2003, creando un desequilibrio en los beneficios pensionales de los docentes que adquirieron su condición de pensionados entre 2003 y 2007. Esto vulneró directamente su derecho a la igualdad y a la seguridad social debido a la indiferencia hacia otros factores salariales, distintos del salario básico. Salario básico, legalmente devengado por el docente durante su relación laboral. Ante el caos generado por la disposición del Decreto 3752 de 2003, los docentes se ven obligados a contratar asistencia legal para recurrir ante los tribunales y reclamar el reconocimiento de derechos adquiridos que han sido injustamente ignorados debido a una interpretación legal. Por lo tanto, esta investigación busca demostrar que, mediante la aplicación de la extensión jurisprudencial, los docentes interesados pueden acudir directamente a la administración para hacer valer sus derechos sin incurrir en la carga financiera de contratar un abogado, reduciendo así la congestión en los juzgados y tribunales que frecuentemente emiten sentencias que ordenan el reconocimiento de componentes salariales injustamente ignorados.
Eje Investigativo y Lineas de Investigación
Subjects
Tipo de Investigación
File(s)
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Name
TDE-0014_Trabajo-de-grado.pdf
Type
Trabajo de grado
Size
469.75 KB
Format
Adobe PDF
Checksum
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